■Propuesta para el 2026
Recogerá los gastos de aquellos proyectos de inversión que afecten a los bienes a que se refiere el artículo 6 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, es decir los que, siendo propiedad de la entidad local, no estén destinados a uso público ni afectados a algún servicio público y puedan constituir fuentes de ingresos para aquélla.
| Categoría | Porcentaje | Cantidad |
|---|---|---|
| Edificios y otras construcciones | 93,79% | 453.049,44 € |
| Otros gastos en inversiones de bienes patrimoniales | 6,21% | 30.000 € |
No hay distribución asociada a esta partida.