Comprende esta área todos aquellos gastos originados por los servicios públicos básicos que, con carácter obligatorio, deben prestar los municipios, por sí o asociados, con arreglo al artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o, en su caso, las provincias con arreglo al artículo 31.2 de la misma Ley, atendiendo a su función de cooperación y asistencia a los municipios. A estos efectos, se incluyen, en los términos que se exponen para cada una de ellas, cuatro políticas de gasto básicas: seguridad y movilidad ciudadana, vivienda y urbanismo, bienestar comunitario y medio ambiente.
Categoría | Porcentaje | Cantidad |
---|---|---|
Seguridad y movilidad ciudadana | 33,79% | 13,72 M€ |
Vivienda y urbanismo | 32,88% | 13,35 M€ |
Bienestar comunitario | 38,48% | 15,62 M€ |
Medio ambiente | 14,28% | 5,8 M€ |
Gastos de personal | 39,99% | 16,24 M€ |
Gastos de personal | 39,99% | 16,24 M€ |
Gastos en bienes corrientes y servicios | 40,53% | 16,46 M€ |
Gastos en bienes corrientes y servicios | 40,53% | 16,46 M€ |
Transferencias corrientes | 0,24% | 99.200 € |
Transferencias corrientes | 0,24% | 99.200 € |
Inversiones reales | 17,55% | 7,13 M€ |
Inversiones reales | 17,55% | 7,13 M€ |
Transferencias de capital | 1,48% | 600.000 € |
Transferencias de capital | 1,48% | 600.000 € |
Activos financieros | 0,21% | 86.000 € |
Activos financieros | 0,21% | 86.000 € |